Es un tipo de autorización que otorga un número de identificación de extranjero a los efectos de identificación. Está compuesto por una letra inicial, siete dígitos y un carácter de verificación alfabético. La letra inicial es una X para NIEs asignados antes de julio de 2008 y una Y para NIEs asignados a partir de dicha fecha. Una vez agotada la serie numérica de la Y la norma prevé que se utilice la Z.
Para ello es necesario:
- No encontrarse en situación irregular.
- Que sea solicitado por los intereses económicos, profesionales o sociales del extranjero.
- Que la petición sea motivada.
El Número de identificación se otorga cuando el extranjero tenga autorización para permanecer en España y figurará en todos los documentos que se le asignen.
Esta identificación es necesaria para la tramitación de expedientes, actuaciones administrativas y también para intereses económicos o profesionales.
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